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Alcaldía Municipal de Caloto, Cauca

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​P​ersonería 
Misión​
La Personería es un organismo perteneciente al Ministerio Público, que trabaja por la defensa del orden jurídico, los derechos y garantías fundamentales y el patrimonio público, para la guarda y promoción de los derechos humanos, la protección del interés público, la vigilancia de la conducta oficial y la intervención en la solución de conflictos.
Atiende, apoya y gestiona en forma permanente y personalizada los requerimientos de la población, con criterios de compromiso social, ética, equidad, oportunidad, eficiencia, eficacia y mejoramiento continuo.

Funciones Constitucionales
El Personero es un empleado del orden municipal que ejerce funciones de ministerio público en el municipio, por ello le corresponde la guarda y promoción de los derechos humanos, la protección del interés público y la visitación de la conducta oficial de quienes desempeñan funciones públicas.
Las funciones que ejerce el personero están bajo la dirección del procurador general de la nación, supremo director del Ministerio Público.
La Personería es una dependencia de la estructura administrativa local pero la función del Ministerio Público es de carácter nacional.
Ella hace parte del ministerio público, órgano de control autónomo e independiente de las ramas del poder público.
En términos generales no se conocen las funciones y alcances de la personería, ni de servidores públicos, ni comunidad saben de sus posibilidades y limitaciones. El legislativo en Colombia día a día le asigna nuevas tareas al funcionamiento de la personería, sin tener en cuenta su naturaleza de órgano de control ni sus condiciones reales de trabajo. Cada día son más complejas e inasibles para la comunidad.
Que es eso de ministerio público: consiste en que cumple los fines de este órgano de control, interviniendo en los procesos y ante las autoridades judiciales o activas, cuando sea necesario, en defensa del orden jurídico del patrimonio público o de los derechos y garantías fundamentales.
El personero es el único funcionario que en el municipio ejerce control de manera específica frente a la rama jurisdiccional y las autoridades activas.
El régimen del personero es independiente al de los agentes del ministerio Público estos son del orden nacional.
Al personero lo elige el concejo o los demás agentes del Ministerio Público los vincula la Procuraduría General de la Nación.
Funciones del Personero – artículo 118 de la Constitución Nacional – Funciones constitucionales.
Guarda y promoción de los derechos humanos.
Protección de la conducta oficial de quienes desempeñan funciones públicas.
La Ley 136/94.
Defensor del pueblo o Veedor ciudadano.
Agente del Ministerio Público.
Finalmente el personero realiza una serie de funciones administrativas relacionadas con el manejo de su despacho y con el personal a su cargo.

¿Qué hacer para comunicar una irregularidad?
Cualquier ciudadano del Municipio, puede elevar quejas al despacho del personero sobre cualquier irregularidad que conozca dentro de la administración municipal.

Información de contacto
Teléfono: (+57) 2 8258337 Ext. 109
Fax: (+57) 2 8258338
Dirección: Calle 12 No 4-67
Correo Electrónico: personeriacaloto2@yahoo.com.ar
Página Web: http://www.caloto-cauca.gov.co
Horario de Atención: Martes a Viernes: De 7:30 a.m. a 12:00 m. y de 1:00 p.m. a 4:30 p.m. Sábado de 8:00 a.m. a 2:00 p.m.

     

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